preguntas frecuentes


Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. La aplicación para poder participar estará operativa desde ese momento.
Inicio del plazo.- 4 de septiembre de 2015
Fin del plazo.- 21 de septiembre de 2015, salvo para las Comunidades Autónomas de Cataluña, Cantabria, Asturias y Extremadura, que será el día 22 de septiembre de 2015.

Requisito previo

Para poder participar es preciso que los interesados se encuentren inscritos previamente en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Este requisito se acreditará mediante la presentación de la Resolución del Sistema de Garantía Juvenil por la que se concede la inscripción en el fichero.
Enlace.- http://www.empleo.gob.es/es/garantiajuvenil/darsealta.html

Contratos a los que se puede optar

Como máximo se podrá optar a TRES contratos con independencia de la Comunidad Autónoma donde se encuentren los Centros/Institutos.

Solicitud. Documentos en papel

Una vez que se hace definitiva la solicitud realizada a través de la aplicación informática, se genera un documento .pdf que deberá ser impreso y firmado por el/la interesado/a para presentar dentro del plazo establecido, según se indica en la base 5.3 de la convocatoria.
El resto de documentación será presentada a través de la aplicación informática.

Datos académicos

Las titulaciones académicas deberán haberse obtenido (fecha de terminación de los estudios)  con posterioridad a 30 de junio de 2011 o 30 de junio de 2009 en caso de discapacidad.

Contratos de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales, Grupo Profesional 1

Para solicitar contratos de esta categoría se deberá estar en posesión de la titulación académica de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente o título de Grado.
Téngase en cuenta que para el ejercicio de ciertas profesiones será necesario contar con la habilitación correspondiente. Por ejemplo, en el caso de estar en posesión del Título de Ingeniero Industrial, se tendría que disponer del Máster correspondiente.
Resolución de 15 de enero de 2009 de la Secretaría de Estado de Universidades por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudio conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de las distintas profesiones reguladas de ingeniero. (BOE de 29 de enero de 2009)
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE) Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de las cualificaciones profesionales. 

Contratos de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales, Grupo Profesional 3

Para solicitar contratos de esta categoría se deberá estar en posesión de la titulación académica de Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista o equivalente.
Téngase en cuenta que en la aplicación informática los títulos que aparecerán vinculados a los diferentes contratos, son los recogidos en la LOE. A este respecto y dado que también son válidos, por ser equivalentes, los recogidos por la LOGSE, se recomienda consultar el enlace de equivalencias  http://www.todofp.es/equivtitulos/ServletEquivTitulos

Nota media expediente académico

La nota media se deberá hacer constar en escala 1-10. Si en el expediente académico aparece en escala 1-4, existe una tabla de conversión para poder consultar.
En el caso de certificaciones de estudio de un centro extranjero que no tiene nota media se deberá cumplimentar el documento “Modelo declaración de notas medias”

Adjudicación de contratos

Los contratos se adjudicarán por estricto orden de la puntuación obtenida de acuerdo a las bases de la convocatoria y prioridad solicitada por los interesados.
La adjudicación de un contrato supone la exclusión inmediata en el resto de listas donde pudiese encontrarse aprobado.